Cambios en la Ayuda Financiera para Inmigrantes con Presencia Legal en 2027

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A partir del 1 de enero de 2027, muchos inmigrantes con presencia legal que no tienen green card ya no calificarán para la ayuda financiera federal de su plan de salud de Covered California. Aquí le explicamos quién se ve afectado, qué sigue igual y qué puede hacer ahora.

Importante: Bajo la ley federal (H.R. 1), a partir del 1 de enero de 2027, muchos inmigrantes con presencia legal que no tienen green card perderán los créditos fiscales federales para primas y las reducciones de costos compartidos de los planes de Covered California. Este cambio no afecta 2026: los consumidores afectados pueden seguir usando su cobertura actual y su ayuda financiera hasta el final de este año.

¿Qué Cambia en 2027?

Bajo la ley presupuestaria federal conocida como H.R. 1, a partir del año de plan 2027, algunos inmigrantes con presencia legal (LPI) ya no calificarán para la asistencia financiera federal — los créditos fiscales para primas (APTC) que reducen las primas mensuales y las reducciones de costos compartidos (CSR) que reducen deducibles y copagos.

Las reducciones de costos compartidos solo están disponibles en los meses con crédito fiscal para primas, así que terminan al mismo tiempo. Covered California también dará el subsidio estatal de California solo a los inmigrantes de los grupos que mantienen la ayuda federal.

Dos cosas importantes que debe entender desde ahora:

  • Todavía puede inscribirse. Toda persona con presencia legal sigue siendo elegible para inscribirse en un plan de salud de Covered California para 2027 — el cambio solo elimina la ayuda financiera federal, no la cobertura en sí.
  • Este cambio no afecta 2026. No cambia los costos del plan ni la ayuda financiera del año de plan 2026. Los consumidores afectados pueden seguir usando su cobertura para visitas médicas y otros servicios de salud durante todo el año.
140,000+
californianos perderán la asistencia financiera federal
94%
de los inscritos afectados reciben subsidios actualmente
~$500
aumento mensual promedio de gastos sin ayuda financiera

Fuente: datos de inscripción de Covered California e informes de política federal, a mediados de 2026.

Quién Mantiene la Ayuda Financiera en 2027

Estos grupos migratorios siguen siendo elegibles para créditos fiscales de primas y reducciones de costos compartidos en 2027:

  • Residentes Permanentes Legales — titulares de green card cuyo estatus de Residente Permanente está aprobado
  • Entrantes cubanos y haitianos (según Covered California, esto incluye a cubanos y haitianos con una variedad de estatus migratorios actuales o previos)
  • Migrantes de países del Pacto de Libre Asociación (COFA) — incluyendo Micronesia, las Islas Marshall y Palaos
¿Esperando la aprobación de su green card? Una solicitud pendiente de estatus de Residente Permanente no califica — el estatus debe estar aprobado. Si solo está renovando una green card existente, es diferente: puede declarar su estatus en la solicitud y obtener 95 días para proporcionar la información de su nueva green card.

Quién Pierde la Ayuda Financiera en 2027

Estos grupos con presencia legal ya no calificarán para créditos fiscales de primas ni reducciones de costos compartidos en 2027 (esta no es una lista completa):

  • Personas con estatus de asilo o solicitudes de asilo pendientes
  • Refugiados
  • Sobrevivientes de trata de personas, violencia doméstica y otros delitos graves
  • Personas con Estatus de Protección Temporal (TPS)
  • Personas con visas de trabajo o visas de estudiante
  • Otros estatus legales temporales o humanitarios que antes eran elegibles
Un permiso de trabajo por sí solo no es suficiente. Tener un Documento de Autorización de Empleo (Formulario I-766) no significa por sí mismo que mantendrá la ayuda financiera. La elegibilidad para 2027 se basa en si usted es un "no ciudadano elegible" — muchas personas con visa de trabajo, visa de estudiante, TPS u otras categorías legales temporales no calificarán aunque su permiso de trabajo siga siendo un documento de identidad válido.
Beneficiarios de DACA: Desde el 31 de agosto de 2025, las personas con estatus DACA no se consideran con presencia legal para efectos del mercado de la ACA y no pueden inscribirse en Covered California. Los beneficiarios de DACA aún pueden explorar Medi-Cal y programas comunitarios de salud locales, según su elegibilidad.

Green Cards, Renovaciones y Documentos Aceptables

Como la ayuda financiera en 2027 depende de tener el estatus de Residente Permanente aprobado, mantener sus documentos actualizados en su solicitud de Covered California importa más que nunca. Las pruebas aceptables del estatus de Residente Permanente Legal incluyen:

  • Una Tarjeta de Residente Permanente ("green card", Formulario I-551)
  • Un sello temporal I-551 en el Formulario I-94/I-94A o en un pasaporte extranjero
  • Un Registro de Entrada/Salida (I-94) que muestre la admisión como residente permanente legal
  • Un recibo de USCIS que muestre que se presentó el Formulario I-90 (renovación o reemplazo de green card)

La lista completa de documentos aceptables está en la página de documentos de inmigración de Covered California.

¿Renovando su green card? El sistema de solicitud permite a los consumidores con una green card existente en proceso de renovación declarar su estatus — luego tiene 95 días para actualizar su solicitud con la información de la nueva green card.

Medi-Cal También Está Cambiando

Algunas personas que pierden la ayuda financiera de Covered California pueden preguntarse sobre Medi-Cal. California cambió sus reglas de Medi-Cal para inmigrantes con una ley estatal, AB 173, vigente desde el 18 de septiembre de 2026 (secciones 14007.5 y 14007.8 del Código de Bienestar e Instituciones). Para los adultos de 19 años o más que por lo demás califican para Medi-Cal, incluidos sus límites de ingresos:

  • Los titulares de green card que ya cumplieron el período de espera de cinco años (o que no tienen que esperar), los entrantes cubanos y haitianos y los ciudadanos de Micronesia, las Islas Marshall y Palaos mantienen Medi-Cal de alcance completo, sin prima.
  • Los refugiados y asilados que no tienen green card, las personas a quienes se les concedió la retención de deportación o de remoción (withholding of removal), las personas con permiso de permanencia por razones humanitarias (parole) por al menos un año y los sobrevivientes de violencia doméstica o trata de personas con un caso migratorio pendiente o aprobado (como una petición VAWA o una visa T) reciben Medi-Cal de alcance completo con fondos estatales del 1 de octubre de 2026 al 30 de junio de 2027. A partir del 1 de julio de 2027, solo pueden recibir Medi-Cal de alcance limitado (vea abajo), sin importar cuándo se inscribieron.
  • Los titulares de green card en el período de espera de cinco años y las personas que residen permanentemente en EE. UU. bajo el amparo de la ley (PRUCOL: viven aquí con el conocimiento y el permiso del Departamento de Seguridad Nacional, que no planea obligarlas a irse) mantienen Medi-Cal de alcance completo con fondos estatales. No antes del 1 de julio de 2027, los adultos de este grupo solo recibirán atención dental de emergencia, y los de 19 a 59 años deberán pagar la prima mensual que se describe abajo. Cuando termina el período de espera de cinco años, el titular de green card pasa al primer grupo.
  • Los adultos con cualquier otro estatus, incluidos los adultos indocumentados: desde el 1 de enero de 2026, los adultos que solicitan Medi-Cal solo pueden recibir Medi-Cal de alcance limitado (la congelación de inscripciones). Quienes ya tenían Medi-Cal de alcance completo lo conservan si renuevan a tiempo, y si su cobertura termina tienen tres meses para volver a inscribirse. No antes del 1 de julio de 2027, solo recibirán atención dental de emergencia, y los de 19 a 59 años deberán pagar la prima mensual.

Los niños menores de 19 años, las personas embarazadas (durante el embarazo y hasta un año después) y las personas menores de 26 años que estaban en cuidado de crianza (foster care) al cumplir 18 años todavía pueden recibir Medi-Cal de alcance completo, sin importar su estatus migratorio. Según el DHCS, los jóvenes menores de 21 años que residen legalmente en EE. UU. también conservan Medi-Cal de alcance completo y no pagan prima. Si no está seguro de en qué grupo está su estatus (por ejemplo, el Estatus de Protección Temporal o una visa de trabajo o de estudiante), pregunte en la oficina de Medi-Cal de su condado.

La nueva prima mensual: no antes del 1 de julio de 2027, los adultos de 19 a 59 años que mantienen Medi-Cal de alcance completo con fondos estatales bajo estas reglas deberán pagar una prima mensual de $30 a $50 por persona. La Revisión de Mayo del Gobernador para el presupuesto estatal 2027-28 fijará el monto. No la pagan las personas menores de 19 años, las mayores de 59, las personas embarazadas o en el año después de un embarazo, ni las personas menores de 26 años que estaban en cuidado de crianza al cumplir 18 años. Después de 90 días como máximo sin pagar, la cobertura cambia a alcance limitado.

¿Qué Es Medi-Cal de Alcance Limitado?

Medi-Cal de alcance limitado (también llamado Medi-Cal de emergencia) cubre la atención de emergencia y la atención relacionada con el embarazo y, desde el 1 de octubre de 2026, también la diálisis regular para la insuficiencia renal. El Departamento de Servicios de Atención Médica de California (DHCS) indica que también cubre la atención en hogares de ancianos. No cubre la atención de rutina, como los chequeos regulares, a menos que esté relacionada con un embarazo.

Sigue siendo Medi-Cal, así que se aplican los límites de ingresos de Medi-Cal: para adultos de 19 a 64 años, ingresos del hogar de hasta el 138% del nivel federal de pobreza (vea los límites de ingresos de Medi-Cal). La oficina de Medi-Cal de su condado decide para qué tipo de Medi-Cal califica usted, según sus ingresos, su estatus migratorio y sus documentos.

La nueva regla de carga pública no excluye a Medi-Cal de alcance limitado (vea carga pública más abajo).

¿Embarazada? El Programa de Acceso a Medi-Cal ofrece cobertura integral de bajo costo durante el embarazo y hasta 12 meses después del parto sin importar estos cambios, y los recién nacidos pueden estar cubiertos hasta por dos años. Llame al 800-433-2611 para más detalles.

Fuentes: secciones 14007.5 y 14007.8 del Código de Bienestar e Instituciones (enlaces arriba); páginas del DHCS Medi-Cal Changes e Immigration Status and Changes to Medi-Cal Eligibility (en inglés, con traductor en la página).

Carga Pública: Qué Cambió el 18 de Septiembre de 2026

La ayuda financiera de Covered California y Medi-Cal ahora pueden tomarse en cuenta en algunos casos de inmigración. Cada caso es diferente: hable con un abogado de inmigración calificado antes de dejar su cobertura o su ayuda financiera.

La carga pública es una evaluación que los funcionarios de inmigración usan en algunos casos: analiza si es probable que una persona dependa de beneficios públicos sujetos a ingresos o necesidad. Una nueva regla federal entró en vigor el 18 de septiembre de 2026 y anuló la regla de 2022. Se aplica cuando una persona pide ser admitida en una frontera, un aeropuerto u otro puerto de entrada de EE. UU. a partir de ese día, y a las solicitudes de green card (ajuste de estatus) presentadas a partir de ese día. Los consulados de EE. UU. en el extranjero deciden las solicitudes de visa con las reglas de carga pública del Departamento de Estado, que esta regla no cambió.

Qué Se Puede Tomar en Cuenta

  • Cuando se aplica la carga pública, los funcionarios pueden revisar los beneficios públicos sujetos a ingresos o necesidad que una persona solicitó, que le aprobaron o que recibió a partir del 18 de septiembre de 2026. Esto puede incluir Medi-Cal y la ayuda financiera de Covered California (el crédito fiscal para primas).
  • Un plan que usted paga por su cuenta, sin ayuda financiera, no se toma en cuenta.
  • Para los beneficios recibidos antes del 18 de septiembre de 2026, los funcionarios solo revisan la asistencia en efectivo y la atención a largo plazo en una institución pagada por el gobierno, como con la regla anterior.
  • Usar un beneficio no decide un caso por sí solo. Los funcionarios deben analizar la situación completa de la persona, incluidos su edad, su salud, su situación familiar, sus ingresos y recursos, su educación y sus habilidades laborales.
  • Los beneficios que reciben sus hijos u otros familiares no se consideran suyos, pero los funcionarios pueden tomarlos en cuenta al revisar el dinero y el apoyo de su familia.

A Quién No Se Aplica

La carga pública no se aplica a las solicitudes de green card basadas en asilo, estatus de refugiado, una visa U o T, una autopetición conforme a la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA), el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil, la Ley de Ajuste Cubano o la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados Haitianos (HRIFA), entre otras. Las personas que ya tienen green card generalmente no están sujetas a ella, salvo en algunos casos al regresar de un viaje al extranjero. Tampoco se aplica a las solicitudes de ciudadanía estadounidense, DACA, Estatus de Protección Temporal (TPS) o permiso de trabajo, ni a las solicitudes para extender o cambiar un estatus temporal (de no inmigrante), como una visa de trabajo o de estudiante, desde dentro de Estados Unidos.

Lo que cuenta es el tipo de solicitud, no su estatus actual. Si una persona con TPS o con un caso de asilo pendiente solicita más adelante una green card a través de un familiar o de un trabajo, la carga pública puede aplicarse a esa solicitud, y se pueden revisar los beneficios solicitados, aprobados o recibidos a partir del 18 de septiembre de 2026.

Antes de Cambiar Algo

La carga pública es una regla de inmigración, no una regla sobre quién puede recibir beneficios: si usted califica para Medi-Cal o para ayuda financiera, todavía puede solicitar estos beneficios y usarlos. Cada caso es diferente, y esta página es información general, no asesoría legal. Hable con un abogado de inmigración calificado antes de dejar su cobertura o su ayuda financiera, o de cambiar los beneficios de un familiar. Ayuda legal migratoria gratuita: Departamento de Servicios Sociales de California, cdss.ca.gov/inforesources/immigration, 916-651-8017.

Fuentes: la regla final en el Federal Register (91 FR 45324, 20 de julio de 2026, en inglés); el Manual de Políticas de USCIS, volumen 8, parte G, capítulo 2 (beneficios sujetos a ingresos o necesidad), capítulo 3 (exenciones) y capítulo 7 (beneficios recibidos antes y después del 18 de septiembre de 2026), en inglés; la Guía sobre la carga pública de CalHHS (septiembre de 2026, páginas 3 y 4); y la información para inmigrantes de Covered California.

Qué Puede Hacer Ahora

  1. Siga usando su cobertura de 2026. Este cambio no afecta los costos de su plan ni su ayuda financiera de 2026. Si piensa solicitar una green card, o viajar al extranjero y regresar con una visa, lea la sección sobre carga pública antes de cambiar algo.
  2. Actualice su información migratoria. Algunos consumidores marcados como que perderán la ayuda simplemente tienen documentos desactualizados o faltantes — actualizar su estatus y documentos en su solicitud podría preservar su ayuda financiera. (Una actualización puede activar una revisión de elegibilidad de 2026, pero el resultado de 2026 no determina su elegibilidad de 2027.)
  3. Vea los costos de 2027 en octubre. Las tarifas de los planes 2027 aparecen en la herramienta Shop and Compare y durante la renovación a partir de octubre de 2026, para que vea sus costos reales antes de decidir.
  4. Actúe durante la inscripción abierta: del 1 de noviembre de 2026 al 31 de enero de 2027. Revise las opciones de planes y las alternativas de menor costo. No dependa solo de la renovación automática, ya que usa su información más reciente, que puede estar desactualizada. Si decide no conservar su plan para 2027, Covered California indica que debe cancelarlo a más tardar el 15 de diciembre de 2026.
  5. Conozca sus derechos de inscripción especial. Obtener la ciudadanía o la presencia legal es un evento de vida calificante, y volverse recién elegible o inelegible para la ayuda financiera también abre un período de inscripción especial.
  6. Hable con un agente con licencia — gratis. Casi el 90% de los inscritos afectados por este cambio ya trabajan con un agente. Un agente puede revisar el estatus de su hogar, ayudar a corregir problemas de documentos, comparar opciones para 2027 y evaluar si califica para Medi-Cal — sin costo para usted.
Quedarse sin seguro también tiene un costo. La Multa de Responsabilidad Compartida Individual de California aplica si se queda sin cobertura calificada y no tiene una exención. Vea nuestra guía sobre la multa fiscal para más detalles.

Atención Gratuita y de Bajo Costo, Pase lo que Pase

Si los costos se convierten en una barrera, California tiene una red de seguridad que atiende a las personas sin importar su seguro o estatus migratorio:

  • Centros de salud comunitarios — atención con tarifas escalonadas según ingresos, incluyendo atención primaria, preventiva, salud conductual y dental. Use la herramienta HRSA Find a Health Center para encontrar uno cerca de usted.
  • Clínicas gratuitas y caritativas — atención de bajo costo o sin costo para personas sin cobertura asequible.
  • Programas de salud del condado — muchos condados tienen programas para residentes sin seguro asequible; contacte a su condado para conocer las opciones.
  • Programa de Acceso a Medi-Cal (cobertura de embarazo) — 800-433-2611
  • Family PACT (planificación familiar y salud reproductiva sin costo) — 916-650-0414
  • Every Woman Counts (detección gratuita de cáncer de mama y cervical) — 800-511-2300
  • Ayuda legal migratoria gratuita: Departamento de Servicios Sociales de California, cdss.ca.gov/inforesources/immigration, 916-651-8017
  • Health Consumer Alliance (información legal y referencias gratuitas sobre el acceso a la cobertura y la atención médica): 888-804-3536

Covered California también puede ayudar directamente al 800-300-0213 (español). La elegibilidad, los servicios y los costos varían según el proveedor y el condado — contacte a los programas directamente para confirmar los detalles actuales.

No Espere Hasta Enero

La mayoría de las personas afectadas por este cambio trabajan con un agente, y algunas solo necesitan actualizar un documento para mantener su ayuda financiera. Una revisión gratuita ahora significa cero sorpresas cuando lleguen las tarifas de 2027 en octubre.